El presente documento, contiene y regula las normas de centros comerciales Parque Arauco ("el Centro Comercial” o "Centros Comerciales”), en relación a clientes que visiten los Centros Comerciales, con mascotas o animales de compañía, según este término se define en la ley 21.020. El sólo ingreso de cualquier persona al Centro Comercial con una o más mascotas o animales de compañía de cualquier especie implica su aceptación total de estas normas y su compromiso de adhesión estricta a cada una de sus disposiciones.

REGLAS PARA EL INGRESO Y PERMANENCIA:

  • 1. Se permite el ingreso con mascotas o animales de compañía, siempre que estén bajo el cuidado y control de un adulto. Cada adulto podrá ingresar con un máximo de dos mascotas o animales de compañía. Las mascotas o animales de compañía que ingresen al Centro Comercial son responsabilidad de quien los porte y deberán estar bajo su vigilancia y cuidado en todo momento. El cuidado de las mascotas o animales de compañía en ningún caso podrá estar a cargo de un menor de edad.

  • 2. La regulación contenida en el presente documento dice relación con el tránsito con mascotas o animales de compañía únicamente en los pasillos del Centro Comercial y en las áreas comunes del mismo que sean de libre acceso al público. No está permitido el ingreso de animales ni personas a lugares de acceso restringido del Centro Comercial. Respecto del ingreso de mascotas o animales de compañía a los distintos locales comerciales que forman parte del Centro Comercial, es decisión y responsabilidad exclusiva de cada uno de ellos su autorización de ingreso, así como la definición de los términos y condiciones para la permanencia en dichos locales comerciales, sin que el Centro Comercial tenga injerencia ni responsabilidad alguna al efecto.

  • 3. Para ingresar al Centro Comercial con mascotas o animales de compañía, los tenedores o propietarios deberán contar con un kit de aseo. Este deberá incluir, como mínimo, una bolsa de basura y toallas de limpieza. El dueño o poseedor de dichos animales deberá limpiar inmediatamente sus excrementos, orina u otros desechos, de modo que el espacio utilizado que se ensucie con ellos quede en perfecto estado de aseo y limpieza tan pronto la suciedad se haya producido.

  • 4. Las mascotas o animales de compañía deberán portar en todo momento un collar que permita su identificación y control. Asimismo, deberán llevar bozal en caso de ser necesario, el cual será obligatorio para las razas consideradas potencialmente peligrosas (según indica la Ley de Tenencia Responsable de Mascotas y Animales de Compañía), las cuales deben además cumplir con ciertos requisitos de seguridad establecidos en dicha norma. Dichas razas incluyen Bullmastiff, Doberman, Dogo Argentino, Fila Brasileiro, Pitbull, Presa Canario, Presa Mallorquín, Rottweiler y Tosa Inu.

  • 5. Está estrictamente prohibido dejar a las mascotas o animales de compañía solos o atados en las entradas, áreas comunes o cualquier otro espacio del Centro Comercial en ningún momento. Los tenedores deberán mantenerlos bajo su supervisión y cuidado continuo en todo momento mientras permanezcan en el recinto.

  • 6. Está estrictamente prohibido el ingreso de mascotas o animales de compañía a todas las áreas donde se expendan alimentos y/o existan zonas comunes para el consumo inmediato de estos, como por ejemplo el patio de comidas, a menos que haya un espacio específicamente destinado para ello y debidamente señalizado. Por su parte, los restaurantes con salón propio podrán reservarse el derecho de permitir o restringir el acceso de mascotas o animales de compañía en sus instalaciones.

  • 7. El Centro Comercial podrá prohibir el ingreso o permanencia de las mascotas o animales de compañía en los eventos que organice el Centro Comercial.

  • 8. El Centro Comercial se reserva el derecho de solicitar la salida de la mascota o animal de compañía en caso que no se respeten las normas del presente protocolo o provoquen o participen en situaciones que afecten la normal y tranquila estadía de cualquier visitante del Centro Comercial.

  • 9. Para cambiar de nivel dentro del Centro Comercial, las personas que concurran con mascotas o animales de compañía deberán utilizar los elevadores junto con ellos. Podrán usar las escaleras mecánicas únicamente si son llevados en brazos y se mantienen en todo momento bajo control absoluto de la persona a su cargo.

  • 10. Se prohíbe dejar mascotas o animales de compañía dentro de los vehículos en los estacionamientos del Centro Comercial. Si se detecta una situación de este tipo, se llamará por altoparlante al propietario del vehículo, quien tendrá un plazo de 10 minutos para acudir al estacionamiento y regularizar la situación. Si el propietario no se presenta dentro de este tiempo y se evalúa un posible riesgo para el animal, se notificará de inmediato a la autoridad policial.

  • 11. El ingreso de mascotas o animales de compañía y las acciones que realicen son de exclusiva responsabilidad del dueño o tenedor. Por lo tanto, cualquier lesión, daño o perjuicio que se ocasione a los visitantes, a otros animales, a las instalaciones, bienes muebles o inmuebles del Centro Comercial será responsabilidad directa del tenedor de la mascota. Esta responsabilidad incluye cualquier incidente que pueda derivarse de interacciones entre animales, como peleas o posibles riesgos de salud. Al ingresar con sus mascotas, los propietarios o tenedores asumen esta responsabilidad y excluyen al Centro Comercial de cualquier tipo de responsabilidad por los daños mencionados.

  • 12. El Centro Comercial no cuenta con personal especializado para atender a mascotas o animales de compañía en caso de accidentes u otras emergencias. En estos casos, el propietario o tenedor deberá, por su cuenta y cargo, trasladar al animal o gestionar la visita de un veterinario cercano para recibir la atención necesaria.

  • 13. El Centro Comercial no se hará responsable por mascotas o animales de compañía que sean abandonados en sus instalaciones. Si se detecta a una persona intentando abandonar un perro u otro animal de compañía, se tomarán medidas inmediatas, incluyendo la notificación a las autoridades municipales y/o policiales para que procedan según corresponda. De acuerdo con la Ley de Tenencia Responsable de Mascotas y Animales de Compañía (Ley 21.020), el abandono de animales constituye maltrato y es sancionado por la ley, con multas y posibles inhabilitaciones para quienes lo cometan.

  • 14. Al ingresar con mascotas o animales de compañía al Centro Comercial, se entiende conocida y aceptada la política de ingreso establecida en el presente documento.

El Centro Comercial se reserva la facultad de modificar o adicionar el presente reglamento en cualquier momento, de acuerdo con las políticas que considere más adecuadas para el funcionamiento de éste, por consideraciones del Centro Comercial o de la legislación aplicable.